“El mercado laboral en nuestro país acarrea serios inconvenientes y precisa transformaciones urgentes. Sin embargo, los contenidos de la reforma no permitirán solucionar los problemas. Ni tampoco modernizan el marco normativo, sino que lo retrotraen a situaciones previas (de los ’90, de los ’70 y, en algunos casos, de comienzos del siglo XX)”. La cita es de un trabajo elaborado por los investigadores del Centro de Capacitación y Estudios sobre Trabajo y Desarrollo (CETyD) Matías Maito y Juan Manuel Ottaviano, que analizaron los distintos puntos de la reforma laboral propuesta en la Ley Ómnibus y sus posibles impactos en el mercado de trabajo.

“Lo más preocupante es que, bajo la idea de que es necesario modernizar las relaciones laborales para impulsar el crecimiento del empleo, estas reformas pueden empeorar los problemas que tiene el mercado laboral, porque van a legalizar situaciones precarias e inducir a una mayor precariedad”, advirtió Maito en esta nota. “La propuesta tampoco tiene nada de moderno, porque implica una vuelta atrás en desarrollos institucionales que tienen muchos años”.

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Principales contenidos de la reforma laboral de la Ley Bases

“La reforma, tanto en su versión original del DNU como en su versión más acotada del proyecto de Ley Bases, no contiene ni uno solo de los elementos que implican una mejora de la condición de los trabajadores”, afirmó Maito.

A saber:

  • Busca debilitar la estabilidad del empleo público, las paritarias del sector público y limitar el derecho a la huelga.
  • Blanqueo laboral de deudas a la seguridad social. Similar a otros blanqueos implementados en 2008, 2014, 2017, pero con menores exigencias. Los empleadores podrían utilizar el sistema para aprovechar los beneficios de la norma sin registrar trabajadores.
  • Elimina todas las multas por trabajo no registrado (hoy presentes en varias leyes sancionadas en la década del noventa), lo que favorece la contratación informal, genera imprevisibilidad y aumenta la litigiosidad. Se inspira en el modelo anterior a 1991.
  • Duplica el período de prueba (despido sin indemnización) de 3 a 6 meses para todas las relaciones laborales y permite ampliarlo hasta un año, según el tamaño de la empresa y solo por acuerdo colectivo. Se inspira en la Ley de reforma laboral de 2000.
  • El despido discriminatorio, que hoy está prohibido, costaría el doble que el despido sin justa causa. Se inspira en el modelo anterior a la reforma constitucional de 1994.
  • Fondo de Cese. A través de acuerdo colectivo, los sectores podrían utilizar el fondo de cese para pagar la indemnización por despido. Se inspira en el modelo de la industria de la construcción de 1967.
  • Crea la figura del trabajador independiente con colaboradores. Es decir, independientes (hoy empleadores) que contratan hasta cinco trabajadores (hoy empleados) como independientes. Legaliza la contratación laboral informal en microempresas. Es un modelo anterior a leyes laborales del siglo XX.